En la Tierra a jueves, mayo 14, 2026

La Justicia ampara las críticas de Losantos a Alberto Alcocer

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  • La titular del juzgado de prera instancia Número 33 de Madrid ha desestado la demanda interpuesta el empresario Alberto Alcocer contra Federico Jénez Losantos las críticas vertidas en La Mañana de Esradio.

 

‘Uno de los grandes cazadores en España es Alberto Alcocer… tendría que estar en la cárcel y no está. ¿Por qué? Porque caza donde tiene que cazar y con quien tiene que cazar, ni más ni menos que Su Majestad’. Estas declaraciones, emitidas Jénez Losantos el 18 de febrero de 2009, motivaron la demanda que el empresario interpuso contra el comunicador. Con estas palabras Losantos hizo alusión a la afición de Alcocer a la caza y a la condena que el Tribunal Supremo interpuso a los Albertos el caso Urbanor y que posteriormente anuló el Tribunal Constitucional considerar prescritos los delitos que se les putaban.

 

LEA LA SENTENCIA

 

La mención a Alberto Alcocer se hizo en el contexto de una tertulia en la que se hablaba sobre el caso del Juez Garzón que se enlazó con la cacería que éste protagonizó con el anterior Ministro de Justicia, Mariano Fernández Bermejo. ‘Es mucho mejor cazar con el Rey que cazar con Bermejo ¿ qué? Porque Bermejo deja un rastro horroroso. El Rey también, pero no lo siguen’ es otra de las alusiones de Losantos a la relación de Alberto Alcocer con el Jefe de Estado.

 

Según la juez María Teresa de la Asunción ‘ante estas expresiones debe manifestarse que es un hecho notorio que Su Majestad el Rey y Alberto Alcocer han participado juntos en diversas cacerías y así han dado cuenta los medios de comunicación’. La magistrada añade además que ‘se trata de unas declaraciones emitidas con la espontaneidad que tiene los debates radiofónicos’ lo que no se pueden entender como ‘vejatorias para el señor Alcocer’.

 

La Sentencia pra en esta ocasión el derecho a la libertad de expresión ante el derecho al honor puesto que cuando hay un conflicto entre derechos fundamentales ‘ha de estarse al contexto en que se producen las expresiones, a la proyección pública de la persona a la que se dirigen las expresiones y a la gravedad de las mismas’ añade.

 

Además, señala que ‘la jurisprudencia ha destacado la debilidad de la protección del derecho al honor en los supuestos de crítica política que se considera amparada el legíto ejercicio de las libertades de expresión y comunicación’. ‘Resulta incuestionable el interés de público y relevancia general de la temática determinante de la crítica’, apunta la magistrada.

 

Por este motivo ha desestado de forma íntegra la demanda interpuesta contra el periodista Federico Jénez Losantos y condena al pago de las costas derivadas del procediento judicial al empresario Alberto Alcocer.

 

Seguiremos informando…

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