En la Tierra a jueves, diciembre 26, 2024

La radio puede emitir publicidad política todo el año, la tv no

  • Las cortes han modificado la Ley General de la Comunicación Audiovisual de modo que la restricción de la comunicación comercial de naturaleza política salvo en los supuestos previstos la Ley electoral se aplicará sólo a la televisión y no a la radio.

 

La Ley Audiovisual establecía la prohibición de emitir publicidad política en todos los medios, salvo en época electoral. Ahora tras una modificación introducida en dicha norma otra ley, complementaria a la de Economía Sostenible, la litación se establece sólo a la televisión, lo que la radio podrá volver a emitir publicidad política todo el año. La supresión de esta prohibición ha entrado en vigor, con efectos retroactivos, el 1 de marzo de 2011.

 

Esta modificación ya se ha notado en las radios comerciales. Según fuentes de Onda Cero, desde la semana pasada se vienen emitiendo mensajes de la campaña de Lissavetzky en Madrid.

 

La radio catalana no podrá emitir más de seis minutos de publicidad hora

 

Por otra parte el Consell de l’Audiovisual de Catalunya (CAC) ha decidido regular la publicidad comercial en las radios públicas. El CAC ha decidido litar a seis minutos hora la publicidad en las radios públicas. En el caso de las radios de municipios de menos de 20.000 habitantes, el límite es de diez minutos.

 

El CAC excluye de esta litación las autopromociones de la cadena, los patrocinios, los anuncios que se consideren un servicio público y las promociones benéficas. El objetivo de esta regulación es poner sobre el papel la apuesta del Parlament la ‘doble financiación’ de las radios públicas catalanas. El objetivo, según fuentes del CAC, es ‘garantizar la viabilidad de radios públicas y privadas’.

 

En la instrucción, aprobada el pasado 10 de marzo, se incluyen otras obligaciones. De esta forma marca que la separación entre contenido y anuncio debe ser clara: los conductores de un espacio no podrán vender productos o servicios y las cuñas publicitarias deberán estar delitadas al principio y al final para que el oyente las distinga con claridad. Además, prohíbe la publicidad en las radios públicas de tabaco y bebidas alcohólicas de más de 20 grados. En la publicidad de juguetes establece que deberán ‘evitar efectos que no sean propios del producto’.

 

Seguiremos informando…

 

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