En la Tierra a viernes, 26 abril, 2024

BAJAS LABORALES POR CORONAVIRUS

¿Es posible pedir la baja laboral ante la cuarentena de un hijo por COVID?

LAS CUARENTENAS Y EL PROBLEMA ANTE LA CONCILIACIÓN LABORAL Y FAMILIAR

COVID-19 niños

¿Tienen derecho los padres a coger una baja laboral si sus hijos se contagian de coronavirus?

Tras la explosión de casos de coronavirus por la variante ómicron y las polémicas en torno a la vuelta al cole de los más pequeños, los padres y madres se enfrentan a un nuevo problema: ¿cómo proceder si mi hijo se contagia por COVID-19 y no puede asistir al colegio?

La alta transmisibilidad de la nueva variante ha incrementado las bajas laborales de toda la pandemia hasta los 5 millones de partes de incapacidad, cifras difícilmente asumibles tanto para las empresas como para la Atención Primaria.

Salud Pública revisó hace días el protocolo de cuarentenas ante la nueva situación creada por ómicron y decidió reducir el tiempo de aislamiento de los positivos de 10 a 7 días. Además, se suprimieron las cuarentenas de los contactos en los colegios para evitar cerrar aulas de Infantil y Primaria. Ahora, los menores de 12 años solo tendrán que guardar cuarentena cuando en un aula se notifiquen al menos 5 contagios o el 20% de la clase esté afectada.

¿Qué hacemos si nuestro trabajo es presencial y nuestros hijos deben estar en casa?

Según la última actualización de la Estrategia del Ministerio de Sanidad todo aquel que sea contacto estrecho de un positivo, esté vacunado y no presente síntomas no tiene que confinarse y, por lo tanto, no tiene derecho a una baja laboral. Esto está provocando un problema importante en muchos progenitores que tienen un trabajo presencial  y no pueden permanecer en casa al cuidado de sus hijos.

Uno de los mecanismos para conciliar a los que se pueden acoger estos padres y madres es el plan “ME CUIDA”, vigente hasta el 28 de febrero. Se trata de una de las medidas extraordinarias que aprobó el Gobierno para brindar cobertura a los trabajadores y que permite que puedan adaptar su tiempo de jornada o incluso reducir la misma.

“ME CUIDA” contempla flexibilizar la jornada laboral para ejercer las tareas de cuidado respecto del cónyuge o pareja de hecho, así como de los familiares hasta el segundo grado de consanguinidad de la persona trabajadora, por circunstancias excepcionales, para evitar la transmisión comunitaria de la COVID-19.

–        La adaptación de la jornada, que no implica reducción del salario.

–        La reducción de la jornada, en cuyo caso sí se trataría de una disminución proporcional de los ingresos, que puede llegar a ser hasta del 100%, en caso de reducción total.

Otra de las opciones es solicitar el teletrabajo, siempre y cuando sea posible, durante el tiempo que los padres tengan que estar cuidando a los menores enfermos o confinados.

+ de 21 AÑOS diciendo

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