En la Tierra a martes, diciembre 17, 2024

LÍMITES PARA LA TEMPORALIDAD DE LOS SANITARIOS

El nuevo estatuto de los sanitarios evitará que trabajen más de tres años como interinos

NUEVO REAL DECRETO-LEY QUE MODIFICA EL ESTATUTO MARCO DEL PERSONAL ESTATUTARIO DE LOS SERVICIOS DE SALUD

El nuevo estatuto de los sanitarios será aprobado este martes por el Consejo de Ministros e impedirá que un sanitario esté más de tres años trabajando con contrato de interinidad sin ser funcionario

Según ha determinado el texto del Decreto al que ha tenido acceso Europa Press, “el cómputo total de todos los nombramientos de personal estatutario temporal que, de forma continuada o interrumpida, recaigan en una misma persona, no podrá superar el plazo de tres años”.

De esta manera, el Gobierno pretende y deberá hacer fijos a un total de 67.300 sanitarios, dentro de lo que sería “la mayor estabilización de los profesionales sanitarios de la historia del Sistema Nacional de Salud desde su creación”, según avanzó este domingo el presidente, Pedro Sánchez, en una entrevista con El País.

Esta nueva medida se enmarca dentro de la reforma para la reducción de la temporalidad en el empleo público. En concreto, el objetivo del presidente Pedro Sánchez es situar la tasa de temporalidad estructural por debajo del 8% en el conjunto de las Administraciones Públicas españolas.

Además, el Gobierno ha reconocido y justificado en el texto que los procesos de selección para la contratación de sanitarios “son excesivamente lentos y dilatados en el tiempo, ocasionando en muchos casos la necesidad de provisión temporal de los puestos por el tiempo necesario hasta la cobertura efectiva”. “En estas condiciones, el recurso al nombramiento de personal interino y a la contratación de personal temporal se ha constituido en una alternativa organizativa que ha acabado suponiendo un incremento excesivo de la temporalidad”, han añadido al respecto.

Excepciones contempladas

Es cierto que esta nueva Ley sanitaria establecerá que, transcurridos tres años desde el nombramiento de un sanitario interino, esta vacante “solo podrá ser ocupada por personal fijo”- Pero ahora bien, también menciona una serie de excepciones como que “en el proceso selectivo correspondiente no se haya cubierto la plaza en cuestión, en cuyo caso se podrá efectuar otro nombramiento de personal estatutario interino”.

Primera excepción a la que también hay que añadir que el sanitario interino podrá permanecer en la plaza que ocupe temporalmente “siempre que se haya publicado la correspondiente convocatoria dentro del plazo de los tres años, a contar desde la fecha del nombramiento del interino”. “En este supuesto podrá permanecer hasta la resolución de la convocatoria, sin que su cese dé lugar a compensación económica”, ha detallado el Ejecutivo.

Límites impuestos para contratar interinos

La Ley también fija límites a la contratación de interinos solo para “razones expresamente justificadas de necesidad y urgencia”. Entre ellas, se encuentra que se podrá contratar a un interino para cubrir plazas vacantes “durante un plazo máximo de tres años” siempre y cuando “no sea posible” ubicar un empleado fijo.

Pero además, habrá interinos para “programas de carácter temporal” no superiores a tres años. Con el fin de blindar este asunto, el Ejecutivo ha detallado que estos programas “no pueden ser de una naturaleza tal que suponga la ejecución de tareas o la cobertura de necesidades permanentes, habituales de duración indefinida de la actividad propia de los servicios de salud”. A lo que hay que añadir un ultimo supuesto en el que se permitirá la contratación de interinos es el “exceso o acumulación de tareas” por “un plazo máximo de nueve meses dentro de un período de 18 meses”.

En todos los anteriores supuestos, una vez se cumplan los tres años, la Ley afirma rotundamente que se tendrá que “tramitar la creación de una plaza estructural en la plantilla del centro”.

Actualización de la norma estatutaria

El texto recoge que el Ministerio de Sanidad, con conocimiento de la Comisión de Recursos Humanos en su labor de planificación, iniciará en el plazo de tres meses desde la entrada en vigor de este Real Decreto-ley un proceso de negociación para la actualización de la norma estatutaria en el plazo de seis meses, que podrá ser prorrogable.

De forma que se espera que la Ley entre en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), un hecho que se podría producir el miércoles, un día después de ser avalada por el conjunto del Gobierno en el Consejo de Ministros.

Sin embargo, y debido a los cambios que se plantean, el Ejecutivo ha otorgado a las CCAA un plazo adicional de cuatro meses para “realizar los cambios oportunos en los sistemas de información de recursos humanos”.

Respuesta de sindicatos y profesionales

Al parecer, tras haberse hecho pública este lunes, la medida ha sido acogida tanto con satisfacción como con críticas desde varios sectores, principalmente porque consideran que no ataja la temporalidad con rotundidad.

Desde los sindicatos, el responsable de Sanidad de CSIF, Fernando Hontangas, ha defendido que esta nueva actualización “no soluciona el problema estructural de la sanidad a corto y medio plazo”. “Por mucho que se diga que se van a hacer fijos 67.000 plazas, el déficit estructural sigue existiendo y a corto y medio plazo esto no lo soluciona”, ha afirmado el sindicato.

Por el contrario, el presidente del Consejo General de Enfermería (CGE), Florentino Pérez Raya, ha considerado positivo que el Gobierno dé pasos para acabar con la temporalidad en Sanidad. “Para las enfermeras que trabajan como eventuales e interinos, con contratos temporales, por días, por semanas, sin ningún tipo de estabilidad laboral, es una gran noticia que, por fin, se intente acabar con la enorme precariedad que arrastra nuestro sistema sanitario. La inestabilidad laboral impide cualquier tipo de conciliación familiar y laboral de los profesionales, e incluso cualquier proyecto a largo plazo”, ha explicado.

Y por su parte, Enrique Ruiz Escudero, consejero de Sanidad de la Comunidad de Madrid, ha censurado al Gobierno afirmando que se trata de una “apropiación indebida”, ya que es un “mandato de Europa”. En declaraciones a ‘Onda Madrid’, ha esgrimido que la estabilización se hace por un mandato europeo a los Estados y responde a la Ley 20/2021 de disminución de la temporalidad. “Somos las CCAA las que hemos negociado”, ha asegurado.

Seguiremos informando…

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