En la Tierra a sábado, noviembre 23, 2024

Mundo Producciones, condenada por utilizar la imagen de una mujer en un reportaje sobre prostitución

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¿Se aginan estar tomando el sol en la playa y que una cámara oculta le filme para utilizar su agen en un retaje sobre prostitución? Esto es lo que le ocurrió a Silvia González. En un prer momento demandó a Canal Mundo Producciones, que fue condenado a pagar 36.000 euros. Aunque una nueva Sentencia reduce esta cantidad a 18.000 euros.

 

Silvia Gonzalez tomaba en sol en top less en una playa de Punta Cana junto a una amiga cuando fue filmada una cámara oculta. Su agen, aunque con la cara distorsionada, fue utilizada para un retaje sobre prostitución y turismo sexual de Canal Mundo Producciones Audiovisuales que se emitió en el programa Siete días, siete noches de Antena 3. Dos reteras se acercaron a ella y le preguntaron sobre el turismo sexual, a lo que ella contestó de forma desenfadada sin saber que estaba siendo grabada.

 

Silvia Gonzalez demandó a Mundo Producciones, puesto que su entorno cercano, tanto personal como laboral, sí podían reconocerla la voz pese a tener la cara distorsionada y tanto se había producido una vulneración de su derecho a la propia agen.

 

En un prer momento se condenó a Mundo Producciones a pagar 36.000 euros y la productora presentó entonces un recurso de apelación que fue estado en parte, puesto que esta cantidad inicial se consideró desprocionada. Finalmente se condena a Mundo Producciones a pagar 18.000 euros puesto que ‘el medio informativo no se litó a transmitir lo informado otros, sino que provocó el contenido de gran parte de los hechos noticiados a través de las preguntas que le hicieron a la demandante las dos chicas que se dirigieron a ella ocultándole su condición de periodistas’.

 

La segunda razón que da la Sentencia consiste en que ‘en la transmisión de la información se incurrió en una conducta gravemente desprocionada que, no siendo la demandante una persona conocida y, ende, no siendo su agen prescindible para la finalidad informativa, se optó sin embargo emitir su agen y voz de forma suficientemente explícita como para que fuera reconocida y para que dicho reconociento afectara a su vida personal, familiar y profesional, causándole un perjuicio que se podría haber evitado’.

 

La demandante denunció no sólo que su agen fue incluida en el retaje sin su consentiento, sino que además sus declaraciones se utilizaron de forma ‘sesgada y fuera de contexto’.

 

Seguiremos informando…

 

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