En la Tierra a viernes, 26 abril, 2024

La Comisión de Propiedad Intelectual fija las tarifas que las casas de discos y AIE pueden cobrar a las radios

La Sección Primera de la Comisión de Propiedad Intelectual ha fijado las tarifas de AGEDI y AIE, las entidades de gestión de los productores de fonogramas y los artistas musicales, respectivamente.
Esta es la primera resolución que dicta la Comisión a la que la reforma de la Ley de Propiedad Intelectual que tuvo lugar en el año 2014 atribuyó la competencia para decidir el importe de las tarifas en el caso de que las entidades de gestión y las asociaciones de usuarios no lleguen a un acuerdo.

El conflicto de AGEDI y AIE con las emisoras de radio integradas en la AERC arrancó en el año 2010 y giraba en torno al importe que deben pagar las radios por el uso de fonogramas en su programación. En el año 2010 finalizó el contrato que existía entre las partes, momento en el que AGEDI y AIE -que por entonces fijaban el precio a su libre albedrío-, decidieron incrementar la tarifa considerablemente. Ante esa repentina subida de precios las radios optaron por pagar a cuenta la misma cantidad que resultaba del contrato anterior, aunque ese precio no era justo ni equitativo porque conducía al desafuero de que pagaran mucho más las radios que menos música utilizaban.

La resolución de la Comisión de Propiedad Intelectual de 20 de septiembre de 2018 pone fin a ese conflicto decidiendo que la cantidad a pagar consistirá en un tipo o porcentaje que se aplica sobre una base compuesta fundamentalmente por los ingresos de publicidad. Lo decisivo es el dato añadido de que tanto el tipo como la base se modulan en función de la intensidad y la relevancia del uso de fonogramas en las emisoras de radio, con lo cual se elimina el efecto perverso de que pague más el que menos consume.

Esta resolución es novedosa en muchos aspectos. Es la primera vez que el precio por el uso de los derechos de las entidades de gestión lo decide un tercero independiente y no las propias entidades de gestión, rompiendo así una práctica que había llevado a una injustificada inflación de los precios. También es la primera vez en la que se aplican los criterios y la metodología que fueron aprobados en el año 2014 para asegurar la equidad de los precios de las entidades de gestión. Y es la primera vez en la que, al menos en el sector de la radiodifusión, se garantiza el principio de que pague más el que más utilice y más valor extraiga al repertorio de las entidades de gestión, en contra del arbitrario criterio defendido por estas entidades que se desentendían del grado de uso del repertorio para decidir el precio.

La resolución también presenta algunos aspectos discutibles, pero con todo y con eso, la AERC se felicita de la contención y la moderación de precios que introduce en su conjunto, frenando las excesivas pretensiones económicas de AGEDI y AIE.

Es muy probable que AGEDI y AIE recurran esta resolución ante la Audiencia Nacional. Pero hasta que se pronuncien los tribunales, solo cabe desear que las instancias políticas que están estudiando la reforma de la Ley de Propiedad Intelectual establezcan las medidas necesarias para garantizar y si cabe reforzar la independencia de la Comisión de Propiedad Intelectual, liberando a sus miembros de presiones indeseables. Es de esperar que se conserven los criterios y la metodología que han servido de base para terminar con ocho años de inseguridad jurídica, salvo que se prefiera recuperar sistemas caducos que demostraron su ineficiencia. Y, en fin, es de desear que se adopten medidas prudentes y equilibradas para garantizar la igualdad entre las partes durante el periodo en que duren las diferencias y hasta que la Comisión de Propiedad Intelectual resuelva los nuevos casos que lleguen a su conocimiento.

Seguiremos Informando… 

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