Este lunes 10 de enero, el juez Raúl Jesús Vega, del trigésimo Juzgado Penal Liquidador de la Corte Superior de Justicia de Lima, dictó dos años de cárcel suspendida para el periodista Christopher Acosta y el editor Jerónimo Pimentel. Además el pago de una indemnización al ex gobernador César Acuña de 400.000 soles (unos 100.000 dólares). Todo esto por la publicación del libro “Plata como cancha“, un perfil del empresario y político.
El magistrado consideró que Christopher Acosta atentó contra el honor del ex gobernador Acuña al incluir en el libro citas difamatorias realizadas por otras personas a las que entrevistó. Además a Pimentel por no revisar el contenido del libro y cortar esos fragmentos sensibles contra el líder del partido de centroderecha Alianza Para el Progreso (APP).
Sobre el dictamen el periodista Christopher Acosta dijo: “los argumentos del juez son realmente absurdos porque limita el derecho de los periodistas a investigar e incluso a citar. Poner nombre y apellido a declaraciones no puede ser considerado nunca una difamación. Los periodistas vivimos de citar. Este libro está compuesto por una investigación que integra testimonio que con nombre y apellido relatan hechos que vivieron o escucharon de César Acuña. Cada una de las personas que tienen que decir algo sobre César Acuña lo dicen con nombre y apellido. Nunca los denunció a ellos, sino al periodista que reunió los testimonios“.
El fallo fue apelado por el abogado de Christopher Acosta, Roberto Pereira. El mismo en declaraciones posteriores advirtió que el dictamen es “una estocada de muerte al periodismo de investigación“.
Lo que dicen los periodistas sobre la sentencia para Christopher Acosta
Debido a ello, las asociaciones de prensa y gremios periodísticos del Perú expresaron su rotundo rechazo a la condena por difamación de la que es víctima el periodista Christopher Acosta y el editor de su libro. Por medio de un comunicado la Asociación Nacional de Prensa (ANP) y el Consejo de la Prensa Peruana (CPP) cuestionaron que el juez se atreva a determinar qué fuentes son válidas y cuáles no lo son. Ello bajo “un criterio que no solo es arbitrario sino que también atenta contra el quehacer periodístico“.
La ANP y la CPP denunciaron que la sentencia ignora el precedente sentado en 2004, cuando la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH). La misma ordenó a Costa Rica anular una condena al periodista Mauricio Herrera Ulloa. Esto debido a que la Justicia de esa nación le requería probar la veracidad de declaraciones de terceros.
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