- La Comisión Nacional de Competencia (CNC) ha archivado el expediente sancionador incoado contra Telefónica y Sogecable sus acuerdos de adquisición conjunta de contenidos y de comercialización del producto Trío+.
La oferta estaba compuesta un servicio de televisión de pago satélite y ADSL y voz, al considerar que los compromisos asumidos las empresas ‘resuelven los posibles problemas de competencia detectados’. El organismo ha resuelto el expediente mediante la vía de ‘terminación convencional’, una alternativa incluida en la nueva Ley de Defensa de la Competencia que permite a los presuntos infractores evitar que el consejo del organismo declare la comisión de una infracción prácticas prohibidas la ley a través de la propuesta de compromisos que pongan fin a los efectos restrictivos de las conductas sobre la competencia y garanticen suficientemente el interés público.
Esta terminación convencional se extiende a otros acuerdos de comercialización conjunta firmados Sogecable con Orange y Vodafone. La CNC explica que los compromisos presentados estas empresas, de carácter vinculante, fundamentalmente consisten en la elinación del acuerdo de adquisición conjunta de contenidos entre Sogecable y Telefónica y en la modificación de los acuerdos de comercialización conjunta firmados Sogecable con las tres operadoras, ‘de forma que mitigan o resuelven los posibles efectos perniciosos de las conductas anticompetitivas detectadas la CNC’.
Además, Sogecable asume la obligación de suministrar a la Dirección de Investigación del organismo determinada información sobre cómo plementa en el futuro los acuerdos de comercialización conjunta modificados. El Consejo de la CNC ha valorado que los acuerdos analizados “han tenido una aplicación práctica muy reducida hasta la fecha, lo que sus potenciales efectos perjudiciales sobre la competencia efectiva no han tenido hasta el momento plasmación real”, pero advierte a los interesados de que “cualquier modificación en las circunstancias del mercado o en la plementación de los acuerdos de comercialización conjunta puede determinar nuevamente la intervención de la CNC”.
Telefónica y Sogecable habían acordado comercializar conjuntamente un producto denominado Trío+, compuesto el servicio de televisión de pago satélite Digital+ de Sogecable y el producto Dúo (ADSL y voz) de Telefónica. Asismo, Sogecable se comprometía a adquirir contenidos para la plataforma de TVIP Imagenio de Telefónica. En la práctica este producto ya no existe y la CNC ha determinado que su alcance al consumidor final ha sido muy acotado.